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Cambios antojadizos en la norma electora

Porelobservador

Ene 29, 2025

Se encontraba en camino un dictamen donde se estipula que los candidatos a la presidencia o a las vicepresidencias de la República pueden, -simultáneamente- integrar la lista de candidatos al Senado o la Cámara de Diputados.
Los candidatos para presidente de la República que, al mismo tiempo postulen al Senado o Cámara de Diputados, en caso de resultar electo en el cargo de presidente, no podrá asumir la función de legislador; por lo tanto, será reemplazado con el candidato que le sigue en el orden de votación”, dice la norma.
La norma también estipula que, para las elecciones regionales y municipales del 2026, los partidos podrán designar “a dedo” hasta un 30% de candidatos en las listas regionales o municipales, entre afiliados y no afiliados.
Respecto al 30% del total de candidatos a los gobiernos regionales y municipalidades, dicho porcentaje incluye a los candidatos para gobernador y vicegobernador, al igual que los consejeros, como también para alcalde y regidores, señala el dictamen.

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